Reglamento de disciplina para clases presenciales
Faltas y sanciones
Las faltas según el grado de complejidad y gravedad, y el proceso de sanciones respectivas para cada una de ellas, quedan de la siguiente forma:
FALTA: Es toda transgresión de los preceptos vertidos en cualquier norma ordinaria o legal de comportamiento y seguridad.
SANCIÓN: Es toda medida disciplinaria correctiva que se aplica al educando que comete cualquier falta, siendo su finalidad primordial un efecto reflexivo, formativo y reparador de la falta cometida, respetando la integridad y dignidad del educando, correspondiendo aplicarla a las autoridades educativas.
En base a lo anterior las faltas y sanciones se clasifican de la siguiente manera:
FALTAS LEVES:
- Consumir alimentos, masticar chicle dentro del salón de clases o en cualquier espacio dentro del establecimiento.
- Interrumpir el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje, dentro y fuera del aula del Centro Educativo.
- Utilizar lenguaje vulgar dentro del salón de clases, en las áreas de recreo, dentro y fuera del establecimiento utilizando el uniforme.
- No respetar el horario establecido para el ingreso y egreso al centro educativo o periodos de clase (esto incluye salir del salón de clases sin autorización de algún catedrático o autoridad); el no seguir instrucciones dadas por cualquier autoridad del establecimiento (personal técnico administrativo, docente y disciplinario).
- En las alumnas de todos los niveles educativos, queda prohibido el uso de maquillaje, pintura de uñas o uñas muy largas dentro de las aulas o instalaciones, tintes de cabello con colores no naturales o exóticos, entiéndase colores rojizos, verdes, azules, mechas, entre otros; así mismo cortes de cabello no adecuados o modernos.
- En los alumnos de todos los niveles queda prohibido el maquillaje, tintes de cabello con colores no naturales o exóticos, uso de cortes de cabello no adecuados, cabello parado, largo, mechones largos, líneas o con cortes exóticos y/o modernos, barba, uñas largas y cejas depiladas.
- El uso de aretes en partes no adecuadas (pirsin) tales como ombligo, lengua, cejas, labios y otros. Portación de dos o más pares de aretes en la oreja.
- El uso de tatuajes temporales o permanentes en partes visibles del cuerpo.
- El no portar el uniforme de diario y de educación física completos los días de clases ordinarios o cuando así se requiera por actividades especiales.
- El no portar el uniforme de forma correcta, entiéndase camisa fuera del pantalón o chumpa en la cintura, utilizar prendas ajenas al uniforme tales como collares, pulseras, anillos y otros.
- El uso de teléfono celular dentro de las instalaciones del centro educativo.
- La alteración de prendas de uniforme de diario o de educación física, pantalones excesivamente pegados, pachucos, camisas o blusas recortadas, ruedos recortados y otros.
- Manchar, destruir total o parcialmente material didáctico, decorativo, dar mal uso a las instalaciones, equipo, y bienes muebles.
- Discriminar en cualquiera de las formas física, verbal, intelectual, material, a cualquier miembro de la comunidad educativa por su condición física, étnica, edad, género, económica, religión, estado de gravidez o discapacidad.
- Cualquier manifestación de noviazgo: besar, abrazar y acariciar de forma impropia a otra persona tanto dentro como fuera del establecimiento.
- Ventas por catálogo, cuchubales o colectas no autorizadas.
- No se permiten celebraciones de ningún tipo dentro o fuera de las aulas de estudiantes hacia catedráticos o entre ellos (as) mismos(as). Esto incluye que los alumnos no pueden traer pasteles para celebrar cumpleaños durante el recreo para prevenir inconvenientes con las velas, el fuego y bebidas.
- No devolver firmados los avisos enviados a sus padres.
- Consumo de bebidas energizantes dentro del establecimiento educativo o en sus alrededores.
- No utilizar el carné de identificación en la forma indicada.
PROCEDIMIENTO Y SANCIONES A FALTAS LEVES
- Primera comisión de la falta leve: se procederá a la redacción del conocimiento dejando constancia del llamado de atención verbal, con registro digital y en el expediente físico de cada alumno.
- Reincidencia de la falta: Elaboración de acta administrativa en el libro de actas de la comisión disciplinaria en presencia de los padres de familia.
- Al acumular la tercera incidencia: se categorizará como falta grave y se procederá conforme lo determine la comisión disciplinaria y el Acuerdo Ministerial 01-2011 y sus modificaciones.
- En los casos no previstos en faltas leves podrá ser evaluado por la Comisión de Disciplina quien podrá imponer la sanción que considere acorde a la misma, tomando en cuenta la reincidencia del alumno y si el mismo no se encuentra condicionado por alguna falta anterior.
- En referencia los incisos b), c) de las faltas leves, el catedrático de ese periodo debe rendir un informe a la coordinación correspondiente de su nivel, detallando el comportamiento o actos realizados por el alumno o alumnos.
- En los casos del inciso e), se le solicitará por parte de la coordinación de disciplina que se remueva el maquillaje y/o despinte las uñas, en el caso de tinte en el cabello se le dará un tiempo prudencial para que pueda cubrirse el color anterior, de no cumplir con lo solicitado se procederá a sancionar como una falta grave.
- En los casos descritos en el inciso f), se le conminará a que se peine de una manera correcta, y si el corte es extravagante, tiene colita o líneas se le enviará de regreso a su casa, previo aviso telefónico a sus encargados, para que corrija el corte y se presente como es debido, de no acceder a lo solicitado, la Comisión de Disciplina evaluará el comportamiento y se procederá a sancionar como una falta grave.
- En referencia a los celulares y/o aparatos electrónicos, los mismos serán decomisados y devueltos la última semana de octubre sin responsabilidad de las autoridades del establecimiento.
- Todo objeto ajeno al uniforme (pulseras de pita, anillos, collares y otros) serán decomisados y devueltos al final del ciclo escolar.
- En lo que se refiere al inciso d), se tomará como falta leve la llegada tarde del alumno (a) sin la justificación respectiva, teniendo como sanción la realización de una tarea de valores durante el primer periodo de cada jornada, pudiendo llegar tarde con justificación dos veces por bimestre, la tercera te tomará como una falta grave y se procederá de la manera que dicte el presente reglamento.
- En relación al inciso l), si no es reversible la modificación realizada a las prendas del uniforme, se le solicitará al padre de familia la adquisición de otra prenda, de no hacerlo se procederá a sancionar como falta grave y se procederá conforme lo determine la comisión disciplinaria y el Acuerdo Ministerial 01-2011 y sus modificaciones.
- La Comisión de Disciplina evaluará la conducta actitudinal del alumno, y si considera pertinente remitirlo a la oficina de Orientación Psicopedagógica para monitorear su conducta y desarrollo.
FALTAS GRAVES
- Destruir con dolo o ensañamiento en forma parcial o total, equipos digitales, los bienes muebles o inmuebles propiedad del establecimiento.
- La destrucción con dolo o ensañamiento de forma parcial o total de cualquier objeto, libros, cuadernos y otros, propiedad de algún alumno, catedrático o del personal del establecimiento.
- Posesión de cualquier material de contenido violento, pornográfico para uso o distribución.
- Comportamiento inadecuado en las evaluaciones ordinarias, extraordinarias, o bien se le sorprenda con algún material no permitido dentro de las mismas (“chivos”, cuadernos, aparatos electrónicos y otros).
- Inasistencias individuales o grupales sin justificación y conocimiento de los padres de familia.
- Falsificación de excusas, o firmas de los padres de familia o de cualquier otro tipo de documento.
- Cualquier tipo de intimidación, insulto, calumnia, amenaza, represión para cualquier miembro de la comunidad educativa del establecimiento.
- El hurto de materiales, equipo digital o mobiliario propiedad del establecimiento o de cualquier miembro de la comunidad educativa.
- La quema de juegos pirotécnicos, bombas químicas, juegos químicos, el uso de juegos de azar, o la utilización de materiales químicos, volátiles o corrosivos dentro de las aulas o en cualquier espacio dentro de las instalaciones del establecimiento.
- El empleo de redes sociales para promocionar cualquier tipo de propaganda vulgar, ofensiva en contra del establecimiento o cualquier miembro de la comunidad educativa.
- El reincidir en tres faltas leves.
- Todo aquel comportamiento que altere de manera significativa la disciplina dentro de los salones de clase y/o áreas de estudio.
- Cualquier conducta relacionada a hostigamiento, acoso, el uso de intimidación de cualquier forma, bloqueo social, manipulación o coacción contra algún compañero u otro miembro de la comunidad educativa.
- Cualquier manifestación de acoso escolar, hostigamiento, maltrato escolar, psicológico, verbal o físico producido entre escolares de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado tanto en el aula, como a través de las redes sociales, violencia dominante y/o emocional.
- Omitir denuncia sobre cualquier falta descrita en el presente reglamento.
PROCEDIMIENTO Y SANCIONES A FALTAS GRAVES
- Elaboración del acta correspondiente con presencia de los padres de familia, con registro digital y en su expediente físico.
- La reincidencia de una falta grave dará lugar a la elaboración del acta correspondiente con presencia de los padres de familia, y suspensión interna de la actividad académica, de uno a tres días, debiendo presentarse en su horario de estudio a realizar tareas de valores y trabajo comunitario.
- La acumulación de dos faltas graves dará lugar a que la Comisión de Disciplina evalúe el caso y la gravedad de las mismas, pudiendo ser separado temporal o de forma permanente del establecimiento educativo.
- En los casos de destrucción parcial o total de los equipos, material didáctico, material decorativo, infraestructura, bienes muebles e inmuebles, el padre de familia o encargado del alumno deberá de reparar el daño causado o reponerlo de forma inmediata.
- En los casos previstos en el inciso d) de este reglamento, se procede a redactar el acta correspondiente en la cual se deja constancia del hecho y se procede a la anulación de examen, test, o prueba, por parte de la Coordinación Académica correspondiente.
- En los casos que se refiere a las redes sociales, y en los que se involucren alumnos portando el uniforme, fotografías de las instalaciones o catedráticos, será conminado a eliminar dichas publicaciones y se procederá a la valoración de falta para la sanción correspondiente.
- En el caso del inciso m), se procederá a la redacción del acta correspondiente con presencia de los padres de familia, con registro digital y físico en el expediente interno, y notificación a la autoridad legal competente, pudiendo ser separado temporal o de forma permanente del establecimiento educativo
HECHOS TIPIFICADOS COMO FALTAS Y DELITOS EN LA LEGISLACION GUATEMALTECA:
- El conato de pelea, participar, propiciar, incitar y organizar cualquier tipo de pelea dentro del establecimiento o en sus alrededores mientras se porte el uniforme del centro educativo.
- La posesión para el consumo y/o distribución de cigarrillos, bebidas alcohólicas, drogas de cualquier tipo, estupefacientes dentro de las aulas, centro educativo y sus alrededores o bien sea en cualquier otro lugar portando el uniforme del establecimiento.
- El presentarse al establecimiento bajo efectos de bebidas alcohólicas, cigarrillos, drogas, estupefacientes, o con síntomas de haberlas ingerido.
- Ingerir bebidas alcohólicas, consumir algún tipo de droga, estupefacientes, cigarrillos o cualquier tipo de actividad anómala en los alrededores del establecimiento portando el uniforme escolar o cualquier prenda del mismo.
- La posesión y/o uso de armas de fuego, gas, arma blanca, cuchillos, navajas, o cualquier otra arma punzocortante dentro de las aulas o del centro educativo, o en contra de cualquier miembro de la comunidad educativa.
- El robo de pertenencias materiales, equipo digital o mobiliario propiedad del establecimiento o de cualquier miembro de la comunidad educativa.
- Cualquier otra acción que represente una transgresión del orden legal vigente.
PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO PARA LOS HECHOS TIPIFICADOS COMO FALTAS Y DELITOS EN LA LEGISLACION GUATEMALTECA
- En lo previsto en el inciso a), de los “Hechos tipificados como faltas y delitos en la legislación guatemalteca”, derivado de la participación pasiva o activa de cualquiera de las acciones, se redactará el acta correspondiente y la Comisión de Disciplina tomará en consideración la falta, y procederá a la sanción correspondiente.
- Para los incisos b) y e), de los “Hechos tipificados como faltas y delitos en la legislación guatemalteca”, se procederá a la elaboración del acta correspondiente por la Comisión de Disciplina en presencia de los padres de familia o encargados. La Comisión de Disciplina evaluará los casos de dichos incisos, que ameriten el apoyo de las Autoridades Policiales para el decomiso de lo ilegal, siendo ellos los responsables de presentar la denuncia correspondiente al Órgano Jurisdiccional competente, dejando constancia en el acta que el establecimiento educativo es ajeno a las consecuencias legales que correspondan generadas por la falta.
- En lo previsto en los incisos c) y d), de los “Hechos tipificados como faltas y delitos en la legislación guatemalteca”, se redactará el acta correspondiente, suspensión interna de la actividad académica, de uno a tres días, debiendo presentarse en su horario de estudio a realizar tareas de valores y trabajo comunitario, y la Comisión de Disciplina tomará en consideración la falta, y procederá a la sanción correspondiente.
NOTA: En todas las faltas descritas en el presente reglamento se tomará en cuenta la reincidencia para determinar los puntos de demérito en conducta, recordándoles que esta nota sirve para el otorgamiento de la carta de buena conducta solicitada por los alumnos(as) y padres de familia para diversos trámites administrativos.
Tabla de referencia para nota de conducta:
81 a 100 Puntos | Buena Conducta |
60 a 80 Puntos | Conducta Regular |
0 a 59 Puntos | Conducta Aceptable |
En los casos no previstos dentro del presente reglamento la Comisión de Disciplina, estudiará la falta y la catalogará según su gravedad, determinando la sanción que corresponda para la misma y su respectivo procedimiento.
DEL UNIFORME:
NIVEL DE PRE-PRIMARIA, PRIMARIA: Las alumnas: Utilizarán pantalón formal, estilo sastre, color beige de gabardina, camisa tipo polo color blanco, chumpa color rojo; BÁSICO: Las alumnas: Utilizarán pantalón formal, estilo sastre, color gris de gabardina, camisa tipo polo color gris, chumpa color celeste; DIVERSIFICADO: Las alumnas: Utilizarán pantalón formal, estilo sastre, color azul marino oscuro de gabardina, camisa tipo polo color beige y Chumpa color azul. En todos los niveles las alumnas deberán utilizar zapatos estilo escolar, cerrado, de color negro lustrable, calcetas negras. No está permitido el uso de zapatillas de pana, tela, lona y con adornos.
NIVEL DE PRE-PRIMARIA, PRIMARIA: Los alumnos: Utilizarán pantalón formal, estilo sastre, color beige de gabardina, camisa tipo polo color blanco, chumpa color rojo; BÁSICO: Los alumnos: Utilizarán pantalón formal, estilo sastre, color gris de gabardina, camisa tipo polo color gris, chumpa color celeste; DIVERSIFICADO: Los alumnos: Utilizarán pantalón formal, estilo sastre, color azul marino oscuro de gabardina, camisa tipo polo color beige y Chumpa color azul. En todos los niveles los alumnos deberán utilizar zapatos estilo escolar y/o formal de color negro lustrable, calcetines negros o azules, cincho de cuero color negro.
El uniforme de Educación Física, para todos los niveles, está compuesto por pants completo (pantalón y chumpa) y playera con logotipo del colegio, tenis deportivos, adecuados para realizar las rutinas de ejercicios. No está permitido el uso de chapulines, vans, crocs, zapato casual de tela, pana o que tenga plataforma.
GRADUANDOS Y GRADUANDAS:
Cada alumno es responsable del cuidado de sus prendas de vestir, por lo que se sugiere bordar nombre a cada prenda. Recordándole que no es permitido LA MODIFICACIÓN DE NINGUNA PRENDA DEL UNIFORME, de hacerlo se procederá a sancionar conforme este reglamento.
Utilizarán como uniforme, el traje de práctica, confeccionado con las especificaciones y características, establecidas por el Colegio. Las graduandas usarán zapatillas de tacón mediano (máximo 3 cms.), de color negro, cerradas; los graduandos usarán zapatos negros formales, calcetines de vestir y cincho formal de color negro. Recordándole que no es permitido LA MODIFICACIÓN DE NINGUNA PRENDA DEL UNIFORME, de hacerlo se procederá a sancionar conforme este reglamento.
Queda terminantemente prohibido, el uso de accesorios ajenos al uniforme, tales como collares, aretes, pulseras bordadas o exageradas, adornos grandes en el cabello, entre otros. No está permitido que los y las estudiantes se presenten con el uniforme incompleto, entiéndase el de diario y el de Educación Física. Todos los accesorios ajenos al uniforme, o que contravengan el presente reglamento serán decomisados y entregados en octubre, con el respectivo demérito de puntos en el área afectiva.
No está permitido que los alumnos graduandos se presenten al colegio y a otras actividades con el traje incompleto o en mal estado. Las alumnas tienen prohibido asistir con chinitas, zapatos de tela, lona, pana. El corte de cabello de los alumnos debe ser tradicional, no está permitido presentarse al establecimiento con el cabello largo o estilos, peinados y colores extravagantes.
DEL HORARIO:
Jornada Matutina | 06:45 a.m. – 12:00 p.m. |
Jornada Vespertina | 13:15 p.m. – 17:30 p.m. |
Jornada Doble | 06:45 a.m. – 15:00 p.m. |
Los alumnos que falten a clases deben ser reportados por el padre de familia o encargado, debiendo presentar constancia que justifique la inasistencia a su Coordinación Académica. Los alumnos que ingresen tarde al colegio, no serán enviados de regreso a casa, sino permanecerán en un área destinada para la realización de un trabajo sobre responsabilidad, y por ser una falta contemplada en el presente reglamento, (véase inciso d) de las faltas leves), se procederá con forme lo indica el presente.
El ingreso al establecimiento de padres de familia y público en general, es restringido y se encuentra regulado de acuerdo a los horarios de atención al público. Las personas ajenas al centro educativo deben identificarse plenamente con DPI para autorización de su ingreso, así mismo portar visiblemente el carné proporcionado por las autoridades de seguridad e indicar de forma clara y precisa el motivo de su visita.
DE LAS ASISTENCIAS E INASISTENCIAS:
Las inasistencias pueden ser consultadas por el Padre de familia o encargado a través de la aplicación, la cual debe ser descargada en su Smartphone. A este dispositivo se estarán enviando los ingresos diarios de los estudiantes a clases.
DE LOS BUSES:
El colegio no tiene en propiedad ningún bus escolar, el servicio es brindado por personas ajenas a la institución. Todo lo que suceda dentro de las unidades es responsabilidad directa del piloto y propietario del mismo.
DE LOS LIBROS, CUADERNOS Y ÚTILES ESCOLARES:
Estos deben estar plenamente identificados a efecto de garantizar que pueda ser reconocidos y/o devueltos en caso de extravío o pérdida.
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